El genio maléfico de un DESARMISTA CONFESO: JOSÉ GENARO BÁEZ

Autor: Mario Alejandro Boglione

José Genaro Báez fue Secretario del Gremio del Seguro e integrante de la CGT, allá por los 70´s. Junto con Carlos Saúl Menem, gobernador de La Rioja, apoyaron el gobierno de María Estela Martínez Vda. de Perón, (a) Isabelita. Cuando se produjo el Golpe del 76, José Genaro Báez hizo lo mismo que Casildo Herrera y “se borró”, abandonando el País y de paso dejando acéfalo a su gremio, el que no le perdonó esto y cuando volvió en el 83 y pretendió renovar su mandato, fue derrotado en elecciones gremiales.

Después de eso recaló (no sé cuándo) en la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor, cuyo Director era el escribano Mariano Durand. Durante la dirección de este último, que empezó en el Gobierno del Dr. Raúl Alfonsín pero continuó durante el Menemismo, se crearon 398 nuevas delegaciones, que se entregaron a amigos y familiares de amigos y políticos. Una de ellas, la N° 56 de Capital Federal se otorgó a Néstor Báez, hijo de José Genaro Báez. 

En septiembre de 1990 José Genaro Báez es nombrado director del RENAR, organismo que contaba con unos 50 empleados y que estaba desorganizado luego de años de gobierno Alfonsinista, pero que durante los anteriores gobiernos militares funcionaba bien. Era lento porque no estaba informatizado, pero funcionaba bien.

Ahora veamos, por orden cronológico su actuación al frente del RENAR.

PRIMER ACTO DESARMISTA

Agosto de 1991 se sanciona la Ley 23.979 (el HUEVO DE LA SERPIENTE) que permitiría que el RENAR pudiera recibir asistencia técnica y financiera en el marco de la ley 23.283, lo mismo que ocurría en los Registros Automotores, y se autoriza a un Ente Cooperador a cargo de AICACyP (Asociación de Industriales y Comerciantes de Artículos de Caza y Pesca) para brindar esa asistencia, en forma similar a la que ACARA brindaba a los Registros Automotores. Esta “asistencia técnica y financiera” se logra a partir del dinero obtenido por la venta de FORMULARIOS ESPECÍFICOS para cada trámite que se debía realizar. Es de hacer notar que ese dinero no estaba controlado por ningún organismo Oficial (como Rentas Generales de la Nación, por ejemplo) y que el destino del mismo lo determinaba el Director del RENAR. Con eso se: “permitió la contratación de personal con salarios superiores a los del SINAPA estatal revitalizando los recursos más importantes, los humanos; insumos de todo tipo, servidores, computadoras que en su conjunto permitieron crear por vez primera el Banco Nacional Informatizado de Datos sobre armas de Fuego (auxiliar de la Justicia), la  adquisición  de la Sede Central propia de Bartolomé Mitre 1469 en la Capital Federal, de  5.000 metros cuadrados y otra sede propia en lacapital de Córdoba, dentro de un Plan para todo el Pais (que se detuvo a  partir de mi alejamiento), la expansión federal del Registro en Delegaciones por todo el país,…” y sigue explicando: “(unificando 24 credenciales provinciales, 3  de las FFAA y una de la SIDE, en sólo 1) entre otras muchas accionesEsto lo escribió el mismo José Genaro Báez en el 2015, reseñando su actuación al frente del RENAR.

Menem hizo esto para tener una fuente de financiamiento SIN CONTROL DEL ESTADO, y al principio yo creía que José Genaro Báez tenía el mismo objetivo. Al fin y al cabo, él cobraba su sueldo del RENAR, y también algunos parientes y amigos, pero creo que sus intenciones eran otras MUCHO MÁS SINIESTRAS. Eran eliminar la mayor cantidad de armas de Uso Civil (UC) y usuarios legales de las mismas del sistema, especialmente en el Interior del País, donde era más difícil y costoso poder cumplir con los trámites, y donde la mayoría de las armas eran escopetas (generalmente de 1 caño) y carabinas .22lr (usadas para cazar) y pistolas .22lr y revólveres baratos, usados para defensa. No eran armas que se compraban para delinquir, como se pretendió hacer creer en ese escrito. También en este año se prohíbe desde el RENAR la importación de las llamadas “armas de asalto” (fusiles semiautomáticos símiles militares, con cargadores de quita y pon) ¿Será que no le gustaban a José Genaro Báez? Porque no se habían utilizado en ningún tipo de ilícitos y hacía varios años que entraban al País.

SEGUNDO ACTO DESARMISTA

1992 convoca al ex director del RENAR, Cnel. Roberto Osvaldo FERRER para crear el Dpto. de Entidades de Tiro cuya función era la Fiscalización y Control de esas entidades, de acuerdo con el Decreto 73/88, que todavía no estaba reglamentado. Empieza la colaboración de alberto viñas (editor de la “Revista de Tiro”, publicación a la que sólo se puede acceder por suscripción paga).  Fue a instancias del Cnel. Ferrer que alberto viñas volvió al RENAR, donde había trabajado como marinero conscripto durante uno o los dos años que estuvo bajo bandera, y donde luego siguió trabajando como empleado hasta 1983 cuando volvió la Democracia.

TERCER ACTO DESARMISTA

En 1993 y a partir de las Directivas RENAR 1 y 2 se reglamenta el Decreto 73/88 mencionado anteriormente. También, y gracias a la propuesta de José Genaro Báez, se dicta la Resolución 269/93 por la que se ordena un REEMPADRONAMIENTO NACIONAL OBLIGATORIO DE ARMAS DE FUEGO, que comprendía a TODAS las armas en poder de los Ciudadanos al 29 de agosto de 1993 inclusive. Cada formulario permitía inscribir hasta 3 armas y tenía un costo de $ 10.- c/u. Según leí se vendieron UN MILLON DE FORMULARIOS, con lo que se recaudaron DIEZ MILLONES DE PESOS/DÓLARES (la relación entre esas monedas era 1 a 1), cantidad que hubiera sido más que suficiente para informatizar el RENAR, a los valores de la época, pero fue sólo el principio. 

CUARTO ACTO DESARMISTA

En 1994, y nuevamente a instancias del RENAR (o de José Genaro Báez), por medio del Decreto P.E.N. 252/94 se regularon las armas de Uso Civil y se EXIGIO que la persona que adquiriera un arma de este tipo debía ser, previamente, Legítimo Usuario de Armas de Uso CivilÉl mismo reconoce que con esta medida, las ventas de ese tipo de material sufrieron una reducción y el circulante de armas disminuyó. 

QUINTO ACTO DESARMISTA

En 1995, se sanciona la ley 24.492, el 31/5/95.”ARTICULO 1º — Prohíbese la transmisión de todo tipo de armas de fuego, cualquiera fuese su clasificación, ya sea a título gratuito u oneroso, a quien no acreditare su condición de legítimo usuario por medio de la credencial oficial y única otorgada por el Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que se hallará facultado para la registración y fiscalización de todo tipo de armas, en el marco de la presente ley, la Ley 20.429 y sus decretos reglamentarios.” Esta ley vino para ratificar y poner en orden al Decreto P.E.N. 252/94, dictado el año anterior, ya que había cierta oposición a que la Ley 20.429 hubiera sido modificada por un decreto. Dicta la Disposición RENAR 66/95, donde se aprueban los Requisitos para ser Instructor de Tiro.  Por medio de la ley 24.492 se asignó al RENAR la competencia exclusiva para el control de todo tipo de armas de fuego, UC (uso civil) y UCC (uso civil condicional). También en ese año, ya instancias del RENAR (o de José Genaro Báez) se propició el Decreto P.E.N. 64/95, que prohibió las llamadas “armas de asalto”, (fusiles semiautomáticos, derivados de modelos de Uso Militar, con cargadores de quita y pon y de calibres superiores al .22lr) estableciéndose un régimen de excepción (que en realidad se otorga cada vez menos). Esto fue para las armas de fabricación nacional, ya que las importadas habían sido prohibidas por él 4 años antes. 

SEXTO ACTO DESARMISTA

En 1996 se impuso a las Entidades de Tiro un Seguro Obligatorio, sin el cual no se les otorgaban las habilitaciones necesarias para funcionar. La mayoría de las grandes compañías de Seguros no vendían ese tipo de seguros y no los tenían arancelados, pero José Genaro Báez se encargó de proveérselos, a través de alguna compañía pequeña, mandando a alberto viñas para que se los vendiera. Este ha estado desarrollando esa actividad desde entonces. También en ese año crea ATLAS (Asociación de Tenedores Legales de Armas) en 1996, presidida por él, teniendo como secretario de las Entidades de Tiro a… alberto viñas, entre otros directivos, muchos de ellos afines a él mismo.

SÉPTIMO ACTO DESARMISTA

En 1997 se crea en Santa Fe el FORO DE ENTIDADES DE TIRO para tratar, entre otras cosas LOS TRÁMITES DE HABILITACIÓN DE POLÍGONOS, pendientes en el RENAR. LA CONTRATACION DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL y EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE PRUEBAS DE IDONEIDAD. Se empezaba a notar una baja en la actividad, ocasionada por las medidas de 1994. Para compensar esto el RENAR había impuesto a los L.U. la obligación de presentar un Certificado de Idoneidad en el Manejo de Armas de Fuego para la obtención o renovación de la C.L.U., el que debía ser extendido por un Instructor de Tiro Habilitado (según la Disposición RENAR 66/95) en un Polígono Habilitado. Aquí, al revés que en el caso de ATLAS, no aparece José Genaro Báez, pero en el Acta de Constitución hay una cláusula donde se impone la figura del VOCERO OFICIAL DEL FORO, que cumplía funciones especiales, tipo sindicatura, tales como quedar a cargo del mismo en caso de renuncia anticipada del COORDINADOR (o Presidente). El primer VOCERO OFICIAL fue… alberto viñas, quién además se encargaría de todos la tramitación y presentación de asuntos del Foro ante las Autoridades Competentes. Los mandatos duraban 2 años, y al terminarse el mandato del primer COORDINADOR, fue nombrado en su lugar… alberto viñas.

OCTAVO ACTO DESARMISTA

En 1998 se dictaron varias Disposiciones. La 72/98 unificando los requisitos para las 2 categorías de Legítimos Usuarios de armas (UC y UCC), con lo que las ventas del primer tipo de armas SE RESTRINGIÓ AÚN MAS. También la 78/98 con Normas para Recarga, la 81/98 dando un plazo perentorio para la obtención de la Credencial de Legítimos Usuarios a los que aún no las hubieran sacado. Estas medidas y las anteriores llevaron al cierre de la mayoría de las Fábricas de Armas del país que hacían armas UC, y también de cientos y cientos de armerías que sólo vendían ese tipo de armas y dejaron millones de armas fuera del sistema porque los dueños no pudieron o no quisieron hacerse L.U. dada la situación económica y las dificultades cada vez mayores para poder hacerlo.

NOVENO ACTO DESARMISTA

En 1999, por medio de la Disposición RENAR 23/99 hace extensivo el Decreto P.E.N. 64/95 a los fusiles y carabinas SKS, por la Disposición RENAR 31/99 se PROHÍBE la tenencia de determinadas armas  (cal. calibre 5.7 x 28 mm FN P90), ordena el secuestro de esas armas, y dispone que las armas, sus municiones y recarga, cuya energía de boca supere los UN MIL DOSCIENTOS (1.200) pies por libra, tales como los calibres .454 Casull y .50.  se someten al régimen limitativo establecido en el Decreto 64/95.

En el año 2000, luego de 10 años deja de ser Director del RENAR.

En el 2002 y hasta el año 2003 vuelve a ser nombrado Director RENAR.

En su escrito del 29/12/2015 José Genaro Báez presumía que: DESDE LA SANCIÓN DE LA LEY 23.979 EN 1991 Y A INSTANCIAS DE QUIÉN ESTO ESCRIBE, SE DICTARON LAS MAYORES NORMAS DE CONTROL DE ARMAS DE LA HISTORIA RECIENTE. (1975 EN ADELANTE)”


EL CONTROL DE ARMAS NO ES SOBRE LAS ARMAS, ES SOBRE EL CONTROL

¿Y porque José Genaro Báez escribió esto?Muy simple, acababa de cambiar el gobierno, y se tenía que nombrar un Director para la recientemente creada ANMAC, que remplazaba al RENAR, y ESE ESCRITO era una especie de Curriculum Vitae para que lo tuvieran presente.Poco menos de 2 meses después, su fiel… (¿Amigo? ¿Servidor?) alberto viñas abría una petición en la plataforma “change” pidiendo que se lo nombrara en ese cargo. Consiguió 653 adhesiones. 

Ahí está la genialidad de José Genaro Báez, Él ANULÓ LA POSIBLE OPOSICIÓN, dándoles ventajas (generalmente económicas) a los que podían hacérsela.

1°- ANULÓ LA OPOSICIÓN DE AICACYP, otorgándole al Ente Cooperador de esta Asociación la exclusividad de venta de formularios para la manutención del RENAR, por la que cobraba una comisión del 3,5% del total recaudado. ¿Habrá sido por eso no tuvo oposición de AICACYP, A PESAR DE QUE LA MAYORÍA DE LAS FÁBRICAS DE ARMAS Y DE QUE CIENTOS DE LAS ARMERÍAS QUE TUVIERON QUE CERRAR integraban esa Asociación? Y eso que cuando José Genaro Báez organizó junto con AICACyP, unas jornadas para explicar los alcances de estas medidas a las armerías del Interior que fueron invitadas a ir a Buenos Aires, estas le  dijeron que se iba a producir el cierre de Fábricas y Armerías, a lo que muy suelto de cuerpo respondió, más o menos: “¿Cuántos son los que van a quedar sin trabajo por el cierre? ¿200 o 300 familias? QUE PONGAN KIOSCOS”.

Hoy la Dirección de AICACyP es otra y no creo que entraría en un arreglo así, que fue mortal para la actividad. 

2°- ANULÓ LA OPOSICIÓN DE LOS LEGÍTIMOS USUARIOS creando ATLAS (Asociación de Tenedores Legales de Armas) en 1996. Concurría a las Ferias de Armas, daba charlas y fingía interesarse en los problemas, y agilizaba la entrega de los Trámites de las armas que se adquirieran en esas Ferias. POR ESO MUCHOS L.U. CONSIDERAN QUE FUE EL MEJOR DIRECTOR DEL RENAR, sin considerar que ESO DEBERÍA HABER SIDO LA NORMA, ya que se habían comprado computadoras CON TODO LO RECAUDADO. Tampoco toman en cuenta TODO EL DAÑO QUE LE HIZO A LA ACTIVIDAD, con el cierre de Fábricas, Armerías, y diferentes Puntos de Ventas (Ferreterías, Almacenes de Ramos Generales, etc.) que no vendían armas pero sí cartuchería de Venta Libre, como era la que usaban las armas UC. y los millones de usuarios de armas UC (Uso Civil) que quedaron en la ilegalidad. ¿Será un claro caso de Síndrome de Estocolmo? (*) Yo creo que sí, y para reforzarlo, en el 2003 (durante su segunda presidencia) instituye el 20 de Junio como el DÍA NACIONAL DEL LEGÍTIMO USUARIO DE ARMAS DE FUEGO, en un intento de hacer sentir a los Legítimos Usuarios que eran algo especial, una élite, como si el hecho poder CUMPLIR Y PAGAR los requisitos cada vez mayores que nos imponían para no dejarnos fuera del Sistema, fuera motivo de orgullo. ¿Alguien está orgulloso de poder tener Licencia de Conductor? Obviamente no, es un trámite administrativo lo mismo que el de la Credencial de Legítimos Usuarios, la diferencia es que la Licencia de Conductor es más barata y no se exige rendir un Examen de Conducción cada 5 años.

3°- ANULÓ LA OPOSICIÓN DE LAS ENTIDADES DE TIRO, al Seguro Obligatorio que les impuso, propiciando en 1997 el Foro de Entidades de Tiro, y dándoles la recaudación que se generaba al tener que tramitar los Legítimos Usuarios los Certificados de Idoneidad de Tiro, los que debían rendirse obligatoriamente en Polígonos Habilitados. Pero en el año 1999 y a raíz de un pedido de AICACyP, de ATARA (Asociación de Tenedores de Armas de la República Argentina) y del Foro de Entidades de Tiro se emitió la Disposición RENAR 18/99, que permitía otorgar los Certificados de Idoneidad en lugares sin polígonos Habilitados, siempre que se estuviera a más de 50 kms de unoComo esta medida les quitó a los miembros del Foro una gran parte de los beneficios económicos que tenían, llama la atención que el Foro haya sido uno de los peticionantes. ¿Tal vez por eso habían nombrado COORDINADOR a alberto viñas? Porque fue el 2do. COORDINADOR, al cumplirse el mandato del Primero.  Pero al terminarse su período al cabo de 2 años y no estando ya José Genaro Báez en el RENAR, no llamó a elecciones, el Foro quedó inactivo y no renovó su inscripción. En el año 2005 ya no figuraba en los Registros del RENAR.

La mayoría de las acciones tomadas por José Genaro Báez, en muchas de las cuales fue secundado por alberto viñas, están incluidas en el llamado DECÁLOGO DEL DESARMISTA, que es contemporáneo con su actuación al frente del RENAR. ¿Casualidad o causalidad?


Parafraseando a Charles Baudelaire cuando dijo, “El mayor truco del diablo es hacernos creer que no existe”, yo digo: el mayor truco de un DESARMISTA es hacernos creer que SOMOS PRIVILEGIADOS POR PODER TENER ARMAS.

(*) Síndrome de Estocolmo: Trastorno psicológico temporal que aparece en la persona que ha sido secuestrada y que consiste en mostrarse comprensivo y benevolente con la conducta de los secuestradores e identificarse progresivamente con sus ideas, ya sea durante el secuestro o tras ser liberada.
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